COMPRAVENTA DE VIVIENDA ¿Cuáles son los impuestos que se tienen que pagar?
Los impuestos que tiene que pagar una persona cuando vende un bien inmueble son los impuestos del IRPF, PLUSVALÍA MUNICIPAL Y EL IBI.
IRPF (IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS)
Objeto:
Ganancia o pérdida patrimonial producida con motivo de la venta de un bien inmueble.
Determinación de la base imponible:
La misma se obtiene por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión.
Al valor real de adquisición hay que añadirle los costes de,
- las inversiones y mejoras siempre y cuando las mismas no provengan de gastos correspondientes a la conservación y reparación.
- Gastos de comisiones, notario registro.
- Los tributos pagados por motivo en la adquisición.
Una vez que tengamos el resultado, el mismo hay que restarle el valor de transmisión (Importe Real -gastos y tributos). Así se obtendría la base liquidable que se multiplicaría por el tipo impositivo que corresponda. El tipo impositivo será de 19% para no residentes y entre 19 y 28% para residentes.
Fecha y plazo del pago:
En la campaña de declaración correspondiente al año siguiente del de la venta.
PLUSVALÍA MUNICIPAL
Objeto:
Grava el incremento del valor que experimentan los terrenos de naturaleza urbana.
Devengo:
Se pone de manifiesto como consecuencia de la transmisión de la propiedad urbana.
Plazo del pago:
Se devenga en el momento en que se produce la transmisión y hay un plazo de 30 días hábiles para pagar (pueden variar).
Métodos para liquidar el mismo:
Se puede liquidar tanto por el método objetivo que es el más habitual, como por el método real, y siempre hay que poner de manifiesto por cuál de los métodos se prefiere.
Se trata de un impuesto local de forma que cada municipio lo regula y establece sus cauces y beneficios fiscales.
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI).
Objeto:
Grava el valor de los inmuebles en función de su naturaleza turística.
Fecha de pago:
Su pago es anual y el obligado tributario es el propietario el primer día del año, por eso es más habitual y aconsejable que el vendedor y comprador acuerden el pago del mismo, para que el vendedor pague la parte proporcional que le corresponde.
Estos son algunos de los aspectos que hay que tener en cuenta a la hora de vender una propiedad. Nosotros estamos a vuestra disposición para asesorarlos en todo.