IMPORTANTE! Nuevo valor de referencia catastral. Necesario revisar antes de la firma de contrato de arras y opción.
Desde el 1 de enero de 2022 se aplica el nuevo valor de referencia. Es muy importante revisarlo antes de firmar un contrato para reservar un inmueble para la compra para tener en cuenta los gastos totales y no tener sorpresas.
A partir de dicha fecha, el valor que la administración tiene para las casas se ha actualizado y en la mayoría de los casos se ha incrementado. El valor no está disponible para todas las casas, todavía.
El problema aparece cuando esta valor es superior al precio que el vendedor y comprador han pactado y por el cual se va a vender un inmueble.
En estos casos la ley te obliga a pagar el impuesto de compra por el valor que fija la administración y en algunos casos hemos podido observar que este valor supone una cuantas decenas de miles de euros adicionales para el comprador a la hora de pagar el impuesto.
Si el valor fijado por la administración es superior, el comprador puede pagar el impuesto en base a dicho valor o pagarlo por el precio real de compra (inferior en este supuesto).
Si paga por el valor fijado por la administración luego puede reclamar la devolución de la diferencia y para ello recomendamos hacer una tasación profesional del inmueble y en algunos casos también un acta notarial (si el estado de conservación del inmueble no es bueno). Si la administración no le da la razón al reclamar, al menos usted no tendrá que pagar la multa e intereses.
Si paga por el valor de compra y este es inferior al marcado por la administración, es seguro que va a recibir una comprobación de valores de la administración y le pedirán la diferencia por el impuesto, más los intereses y la multa. También podrá defenderse, sobre todo si ha hecho la tasación profesional y acta notarial, pero en caso de que pierda, tendrá que pagar los intereses y multa.
Si quiere consultar el valor de referencia de su inmueble pulse aquí o escríbanos!